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* La falta de un número en el RFC es suficiente para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) considere que se pretende dar efectos fiscales a un documento que no es válido para ello
TIJUANA, B.C.(SBC).-La Asociación Mexicana de Contadores Públicos (AMCP) advierte al sector empresarial sobre las modificaciones al Código Fiscal de la Federación que entraron en vigor el día 1ro de enero, con las cuales, se considera delito de defraudación fiscal el darle efectos fiscales a aquellos documentos que no reúnan los requisitos para ello. Durante la sesión quincenal de la AMCP, organismo que es presidido por el C.P. Manuel Santibañez Pineda, el abogado fiscal, Jorge Alberto Pickett Corona, destacó que las sanciones por esta falta, pueden ser sólo administrativas o bien, imponerse varios años de cárcel.
“La falta de un número en el RFC es suficiente para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) considere que se pretende dar efectos fiscales a un documento que no es válido para ello, entonces puede venir la denuncia ante las autoridades” expresó.
Sin embargo, manifestó que tomando en cuenta el artículo 14 constitucional, no se puede aplicar la Ley con carácter retroactivo en prejuicio de persona alguna, esto, a partir de las doce declaraciones que pudieran suscitarse durante el 2012.
Pickett Corona recomendó a los empresarios protegerse desde lo concerniente a las actas constitutivas, para evitar así, una posible comisión de algún delito de tipo fiscal.
Indicó que muchas de las veces, no sólo los empresarios, sino los profesionistas en general, simplemente no tienen conocimiento de cuáles son los requisitos fiscales.
Por último, exhortó al sector empresarial a acudir regularmente a las sesiones que quincenalmente organiza la AMCP, a fin de actualizarse en todo lo relacionado a los temas fiscales.
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