jueves, 4 de abril de 2013

Ley de Amparo un recurso añejo en México nace en 1840


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* El verdadero reto de la nueva ley, radica en el funcionamiento del aparato judicial.
* Inconstitucionalidad de las Normas Derivadas de la Jurisprudencia: gracias a este rubro, cualquier persona podrá interponer un amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
TIJUANA, B. C. (SBC).- Para el abogado Julio Jorge Galindo Sánchez, la violación a los derechos humanos amplían la cobertura de la nueva Ley de Amparo con lo que será más difícil decir no ante la solicitud de derechos por parte de los ciudadanos.
Los jueces, dijo el Profesionista, deben trabajar aún más porque los amparos a la protección de derechos humanos será muy difícil decir que no.
Pero las suspensiones no se darán hasta que el juez lo otorgue en en el fondo mientras no se analicen las probanzas y se presenten los testigos.
Galindo dijo que el Amparo es uno de los recursos más viejos y nace en México en 1840 de manera anecdótica cuando un hombre, Manuel Crescencio Rejón (juez federal) observa correr a un joven perseguido por un policía solicitando auxilio. El juez redacta en una servilleta que la justicia federal ampara al presunto y eso le vale que la policía deje sin efecto su actuación.
Se declara autonomía a los tribunales de circuito para dar homogeneidad a fin de que los asuntos sean resueltos como lo podría hacer la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Las modificaciones podrían descentralizar, con la autorización de la Suprema Corte de Justicia de la nación es traer los tribunales de circuito a Tijuana en vez de mantenerlos en Mexicali.
Por otro lado, el amparo también establece la posibilidad de entablar juicio federal contra vecinos, patrones, en general particulares.
Igualmente contempla este juicio de amparo la “acción colectiva” si procede para una persona, procede para otra, sin discriminación.
OTRAS VISIONES:
En redes sociales se contempla lo siguiente:
Inconstitucionalidad de las Normas Derivadas de la Jurisprudencia: gracias a este rubro, cualquier persona podrá interponer un amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando considere que alguna ley afecta sus derechos humanos. Por ejemplo: si en un estado crean una ley para prohibir los matrimonios homosexuales, cualquier persona puede ampararse pues se está afectando el derecho de la libre determinación, incluso, aunque el amparado no sea un sujeto homosexual. Si la Suprema Corte determina que sí se violó este derecho, la sentencia aplicaría para todos los ciudadanos.
Limitación del Amparo para Empresas que Exploten Recursos del Estado: Un ejemplo es el caso de las compañías que utilizan la atmósfera para emitir señales de televisión, celular, etc. Anteriormente si algún órgano estatal determinaba que la empresa estaba abusando de alguna forma, estas se amparaban y entonces la multa o resolución del organismo de competencia, no ejercía hasta que el sistema judicial resolvía el amparo que la empresa había interpuesto. Con la nueva ley, las empresas podrían seguir amparándose, sin embargo, mientras este proceso termine, tendrían qué cumplir con la resolución que el organismo de competencia interpuso, si se tratase de suspensión de explotación del recurso natural.
El verdadero reto de la nueva ley, radica en el funcionamiento del aparato judicial. Pues, aunque los ciudadanos contemos con más herramientas para defendernos de decisiones de gobierno inaceptables, si el sistema judicial continúa generalmente corrompido, no servirá que en la constitución contemos con letras muertas como arma de defensa. Actualmente un proceso de amparo puede extenderse de 3 a 10 años.
NO SE DARÁN ABASTO
El abogado consideró que no habrá suficiente capacidad para atender el cúmulo de denuncias o amparos que la comunidad podría presentar al sentirse afectados por sus derechos humanos.

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