Marina

sábado, 13 de abril de 2024

Exhortan a empresas a presentar su Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior

*  Las empresas que cuenten con Programa IMMEX o PROSEC tienen fechas específicas, de lo contrario, perderán sus beneficios.

Semanario Balún Canán/ TIJUANA, B. C., (SBC).- Aquellas empresas que cuentan con programa PROSEC o que están bajo el decreto IMMEX deben tomar en cuenta las diferentes fechas de cumplimiento que les atañe, como es la presentación de su Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior (RAOCE) 2024.

Lo anterior lo indicó el Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, Presidente del corporativo TLC Asociados, quien mencionó que de conformidad con artículo 8 del Decreto PROSEC y artículo 25 del Decreto IMMEX, se debe presentar el RAOCE conforme a ciertas situaciones.

“Las empresas que cuentan con programa PROSEC autorizado tienen hasta el último día hábil del mes de abril para presentar el reporte”, apuntó.

La Suspensión (mayo 2024), dijo, ocurrirá si la empresa no presenta el informe dentro del plazo establecido y su programa perderá temporalmente su vigencia, por lo que no podrá gozar de sus beneficios en tanto no subsane esta omisión.

Cancelación (julio 2024), sucede en caso de que para el último día hábil del mes de junio la empresa no haya presentado dicho informe, de manera que el programa perderá definitivamente su vigencia.

Presentación (30 de abril 2024), los productores deberán presentar un informe anual a la Secretaría de sus operaciones realizadas al amparo del programa correspondiente al ejercicio inmediato anterior, a más tardar el último día hábil del mes de abril; en tanto que para Subsanar, los contribuyentes tienen hasta el 28 de junio de 2024.

“Es importante tomar en cuenta que las empresas que cuenten con un programa PROSEC y/o ALTEX y/o ECEX, y a su vez con un programa IMMEX, deberán presentar el RAOCE a más tardar el último día hábil del mes de mayo, esto de acuerdo el inciso g) de la regla 3.2.16 de las Reglas de Secretaría de Economía”, agregó el Dr. De la Torre.

Lo anterior, dijo, también es aplicable para las empresas que únicamente cuenten con programa IMMEX, es decir, de conformidad con el artículo 25 del Decreto IMMEX, deberán presentar el RAOCE a más tardar el último día hábil del mes de mayo.

“Es importante recordar que el porcentaje de exportación debe ser igual o mayor al 10% del total de sus ventas o el total de exportaciones debe ser igual o mayor a 500,000 dólares, pues al no cumplir con alguna de las condiciones mencionadas, el Programa será cancelado”, advirtió.

Para concluir, el presidente de TLC Asociados exhortó a los contribuyentes a presentar su reporte en tiempo y forma para no perder sus Programas IMMEX y/o PROSEC. Para asesoría sobre este y otros temas de comercio exterior puede escribir al correo: tlc@tlcasoociados.com.mx.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por tus comentarios