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* Con la reforma al Código Penal, el servidor público podrá ser sujeto de sanciones penales, cuando incurra en negociaciones ilícitas
Mexicali, B. C. (SBC).- El Diputado René Adrián Mendívil Acosta presentó ante el Pleno del Congreso, una Iniciativa de Reforma a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como al Código Penal, ambos para el Estado de Baja California.
En su exposición de motivos, el Legislador indicó que en dicha iniciativa, se proponen diversas modificaciones esenciales en materia de responsabilidades, a fin de clarificar y establecer que las áreas o unidades administrativas municipales que tengan funciones de contraloría interna, sean definidas en su calidad de Órganos de Control.
Por ende, que estén facultados para aplicar sanciones a aquéllos servidores públicos que incurran en conductas que generen actos u omisiones que afecten el debido ejercicio de la función pública, agregó.
“Ello es así, porque en el precepto vigente -dijo- se advierte una laguna jurídica que genera confusión y duda respecto a su rol como autoridad conocedora y sancionadora de responsabilidades y ello genera impunidad en sujetos que deben ser sancionados”.
Por tales motivos, la iniciativa establece que los Síndicos Procuradores y/o demás autoridades competentes que desarrollen funciones de contraloría, deberán dar oportuno seguimiento a la investigación administrativa correspondiente y en su caso tendrán que instaurar el procedimiento administrativo y llevar a cabo la aplicación de la sanción respectiva.
Por otra parte, se propone en esta iniciativa, presentada por el Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI, una reforma al Código Penal del Estado, para que el servidor público pueda ser sujeto de sanciones penales, cuando dentro del procedimiento de licitación pública, incurra en negociaciones ilícitas y ejercicio indebido de atribuciones y facultades.
René Mendívil señaló que en este contexto, cuando un servidor público incurra en conductas en que adjudique obra pública, adquiera bienes, arriende, enajene, o contrate la prestación de cualquier tipo de bienes o servicios y no se dé cumplimiento a las formalidades y requisitos del procedimiento de licitación pública previsto en las leyes de la materia, que sea sujeto a las penalidades previstas actualmente en el artículo 305 del Código Penal, que va de 6 meses a 5 años de prisión y de 50 a 250 días multa, con independencia de las responsabilidades que se le imputen administrativamente.
Con ello se generan mecanismos que permiten la oportuna vigilancia, control y verificación de las acciones en materia de licitación pública y que el actuar de los servidores públicos sea desarrollado con mayor honestidad, confiabilidad y transparencia.
Por tales motivos, su iniciativa presentada en la Sesión Ordinaria de este jueves, contempla que se reforman los artículos 4 fracción II, 46, 47 y 60, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y una reforma al artículo 305 del Código Penal, ambas para el Estado de Baja California.
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