viernes, 27 de junio de 2014

Desde el Derecho: Los cateos ilegales.

Desde el Derecho: Los cateos ilegales.
TIJUANA, B. C. (SBC).- Desde que tengo uso de razón, he sabido de cateos ilegales por parte de los cuerpos policiacos que patrullan las calles, que combaten el crimen, que investigan delitos, entre otras funciones que realizan nuestros policías, soldados y marinos.
En México, es común que esta actividad se realice todos los días, a cualquier hora. Llegan los agentes a un domicilio, y sin decir "ahí les va", patean, quiebran, rompen, destruyen, etcétera, puertas, ventanas, paredes, en fin, todo aquello que les estorbe para poder entrar al domicilio a buscar y detener a personas u objetos, con el propósito de cumplir con su trabajo policiaco.
Encontrar drogas, armas, dinero en efectivo, joyas, entre tantas cosas, es un golpe fuerte al crimen por parte de nuestras autoridades policiacas, sin importar si son municipales, estatales o federales. Lo malo de esto, es precisamente, el cateo ilegal, es decir, el cateo sin contar con orden emitida por un juez penal, o, por uno de distrito en procesos penales federales, que especifique cual es el domicilio exacto que se va a catear, que es o quien se busca y porque. Además, se debe realizar en presencia del Agente del Ministerio Público, quien deberá dar fe del hecho y levantar un acta. Si el cateo no es de esta forma, es ilegal.
Ni la flagrancia delictiva les permite a los agentes policiacos catear una casa sin su debida orden expedida por autoridad competente, es decir, si una persona roba en una tienda, se da a la fuga, lo persigue la policía, pero no logra detenerlo porque la persona se introduce a su domicilio, la policía no está facultada para interrumpir el mismo, pues necesita una orden de cateo, como ya lo platicamos antes. Que debe de hacer? pues, informar al agente del Ministerio Público para que éste se acerqué al domicilio, constatar lo que está sucediendo, solicitar una orden de cateo a un juez penal, indicando los hechos y los posibles objetos que van a buscar (es decir lo robado, algún arma si se utilizó para el robo y al presunto responsable). Si no se hace esto y se catea el domicilio, dicho cateo es ilegal.
Si la persona detenida acredita en el juzgado de que su casa fue cateada ilegalmente, lo dejarán en libertad por violación a sus derechos humanos consagrados en el artículo 16 Constitucional, independientemente que hayan encontrado lo robado, el arma y confesara su delito, es más, si aparte encontraran droga o armas, lo dejarán en libertad por el ilegal cateo realizado en su contra, ya que el criterio de la Suprema Corte de Justicia de Nación es, que cuando se realiza un cateo sin orden, ese acto es ilegal, por lo tanto todos sus actos subsecuentes son ilegales, o son consecuencia de un acto ilegal, por lo tanto no pueden ser tomados en contra de la persona detenida.
Daniel Andrés Ayala Mejía
Es Director de Ayala Mejía y Cía. Abogados
Licenciado en Derecho, con Maestría en Administración Pública,
actualmente cursa Maestría en Ciencias Jurídicas Penales en INPOCIPE.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por tus comentarios