viernes, 4 de noviembre de 2011

VIRGO OPINA

Por:Rosendo Otañez

* SINDICA CULPABLE
BALUN CANAN, TIJUANA,B.C.-
Responsable directa intelectual de la omisión de hechos, no haber actuado en tiempo y forma en el delito; “De que un grupo de policías obligaron a una mujer a desnudarse y hacerles strip tease, como una condición para liberarla a ella y su pareja”, de tal hecho, fue denunciado en un video por un agente incorrupto, la cual este fue suspendido por su valiente denuncia ante Sindicatura, acción ilegal y abuso en contra del policía, estos dos hechos los consintió la Sindico Yolanda Enríquez de la Fuente, éldecir de los medios de Comunicación, la Sra. Sindico Procuradora de la Injusticia, mencionan que la denuncia la recibió el 15 de abril del presente Año, no dándole importancia, dejando pasar el tiempo hasta que el video entregado a Sindicatura se divulgo en un Diario Local y Agencias de Noticias de Baja California, hasta entonces 40 días después, tomo el asunto por la presión de los Noticieros y empezó la investigación correspondiente. A consecuencia de este probable delito de Omisión en contra de la Sindica del XX Ayuntamiento, se presentó una acusación fundamentada con hechos y testigos, directamente a la comisión Jurisdiccional del Congreso del Estado de Baja California, este le dio entrada y curso a la Premoción de “Juicio Político”, El Congreso considero procedente la denuncia, que ahora ha sido reforzada dicha Denuncia, con tres testimonios audiovisuales, de los abusos cometidos por los Policías corruptos y abusones de su autoridad, con esas evidencias la Comisión Dictaminadora no le queda de otra, que dictar y votar en la sesión plenaria una sentencia condenatoria por la existencia de responsabilidades Gravadas, inhabilitándola por lo menos 10 años, de acuerdo a la gravedad de la omisión.
Aquí cabe un recordatorio para la Sindico Procuradora, dice un proverbio Bíblico “Con la vara que midas serás medido”, porque es su costumbre en las advertencias que hace en sus manifestaciones de resoluciones Administrativas de inhabilitación, como en el caso concreto expediente PR/083/2011, advierte la titular de Sindicatura: “Resulta necesario tomar en cuenta que existe la obligación para todo Servidor Público, de conducirse bajo los principios de legalidad, (que usted no cumplió) imparcialidad ( no la respeto) honradez ( omito opinar ) lealtad ( fallo) y eficiencia ( la opaco), en el desempeño de su empleo cargo o Comisión” bajo esta primicia, usted acusa a ex Funcionarios: De Incumplimiento y Violaciónde las disposiciones Jurídicas, estas derivadas de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Baja California, “ Como se podría liberar la Sra. Síndico de la acción de la omisión gravísima de no haber actuado en tiempo y Forma, de los hechos de abuso de Autoridad, prepotencia y otros delitos graves, comprobados con testimonio y testigos, en este caso el grado de culpabilidad es grave por estar prevista en el Código de procedimientos Penales de Estado de Baja California, como dice Sindicatura; “Según lo dispone el último párrafo del Artículo 6 de la Ley de responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Baja California”.
Si la omisión de presentar en tiempo y forma una Declaración de situación patrimonial de conclusión de cargo, “Impone usted una sanción Administrativa de inhabilitación laboral por el periodo de un año, como en el caso particular del expediente no. PR/083/2011, PREGUNTO a los Señores Diputados;¿Qué se merece la Sindica Procuradora del XX Ayuntamiento de Tijuana, Por la gravísima omisión de NO castigar un delito gravísimo en tiempo y forma, de abuso de Autoridad, Prepotencia, Injurias, Corrupción y otros delitos, cuantos años de inhabilitación merece?, en cuanto la responsabilidad penal es cuestión de que se le dé curso. y¡como dijo Don Raúl Velazco aún hay más¡, ¿En esta Bombita de tiempo como actuaran nuestros Honorables Diputados?, ¿Dictaminaran con Justicia apegados a la Ley?, ¿Serán más fuertes los Intereses Políticos que la Impartición de la Legalidad Institucional?. Chan, Chan, Chan. otanez@live.com.mx

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